Las cláusulas de arbitraje en el exterior incluidas en un contrato de transporte Internacional son inoponibles a los aseguradores subrogantes

(Breve comentario a la sentencia judicial que determinó la jurisdicción nacional y negó la validez de la cláusula compromisoria)

Autores/as

  • Paulo Henrique Cremoneze

Resumen

El 17 de noviembre de 2021, la Sala 23ª Sala de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo decidió que el asegurador subrogado no está sometido a la cláusula compromisoria presente en un contrato de transporte internacional de carga (Apelação Civil, Caso Nro. 1048345-39.2021.8.26.0100).
La sentencia, que revocó la sentencia, es un aporte más a la posición actual y apunta a una tendencia jurisprudencial muy sólida.

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Biografía del autor/a

Paulo Henrique Cremoneze

Abogado, especialista en Derecho de Seguros de la Universidad de Salamanca (España), Magíster en Derecho Internacional Privado de la Universidad Católica de Santos, Académico de la Academia Nacional de Seguros y Pensiones, miembro del CIST – International Transport Insurance Club, miembro efectivo de el IASP – Instituto dos Advogados de São Paulo, miembro del Ius Civile Salmanticense (España), autor de libros sobre Derecho de Transportes y Seguros.

Publicado

2022-12-08

Cómo citar

Cremoneze, P. H. . (2022). Las cláusulas de arbitraje en el exterior incluidas en un contrato de transporte Internacional son inoponibles a los aseguradores subrogantes: (Breve comentario a la sentencia judicial que determinó la jurisdicción nacional y negó la validez de la cláusula compromisoria). Revista De Transporte Y Seguros, (34), 246–253. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/rtys/article/view/3235

Número

Sección

Nota de jurisprudencia