Responsabilidad de las organizaciones gremiales por el ejercicio del derecho de huelga

Autores/as

  • Nelson Loustaunau

Palabras clave:

organizaciones gremiales

Resumen

Sumario. I. Cuestiones preliminares. II. El derecho de huelga. III. La Personería gremial. IV. Titularidad del Derecho de Huelga en Uruguay. V. Responsabilidad por el ejercicio del derecho de huelga. VI. Límites del ejercicio del derecho de huelga. VII.Conclusiones

Biografía del autor/a

Nelson Loustaunau

Profesor Adjunto GIII (efectivo) de la materia Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, en la carrera de Abogacía y Notariado de la Facultad de Derecho, de la Universidad de la República. Profesor adjunto GIII (interino) de la materia Teoría de las Relaciones Laborales en la Licenciatura en RRLL, de la misma Casa de
Estudios.

Publicado

2022-11-11

Cómo citar

Loustaunau, N. . (2022). Responsabilidad de las organizaciones gremiales por el ejercicio del derecho de huelga. Jornadas Uruguayas De Derecho Del Trabajo Y De La Seguridad Social, (XXXII), 349–357. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/jorntrab/article/view/3209

Número

Sección

Tema 3 - PERSONERÍA Y RESPONSABILIDAD DE LAS ORGANIZACIONES GREMIALES