Modificaciones en el régimen de arrendamiento de obra

Autores/as

  • Graciela Ruocco Facultad de Derecho, Universidad de la República

Palabras clave:

Constitución, derecho al trabajo

Resumen

El artículo 7 de la Carta consagra el derecho de todo habitante a ser protegido en el goce del trabajo, lo que reconoce la preexistencia del derecho al trabajo, como un derecho fundamental, atributo inherente a la personalidad humana. Otra disposición tuitiva del trabajo de origen constitucional, es el artículo 53 que establece que el trabajo está bajo la protección especial de la ley. 

Biografía del autor/a

Graciela Ruocco , Facultad de Derecho, Universidad de la República

Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Católica del Uruguay. Profesor Titular de Derecho Público de la Universidad de la República. Directora del Instituto de Derecho Administrativo de la Universidad de la República. Directora del Área de Derecho Administrativo de la Universidad Católica del Uruguay. Máster en Derecho, con énfasis en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Miembro del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo. Miembro de la Red Internacional de Bienes Públicos. Miembro de la Asociación de Derecho Público del Mercosur. Miembro del Instituto Internacional de Derecho Administrativo. Miembro Fundador del Centro Iberoamericano de Estudios de Derecho Público y Tecnología. Abogada I de la Dirección Jurídica del Poder Legislativo de Uruguay (1994-2019).

Publicado

2022-12-13

Cómo citar

Ruocco , G. . (2022). Modificaciones en el régimen de arrendamiento de obra. Jornadas De Derecho Administrativo, (XIV), 243–262. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/jda/article/view/3277

Número

Sección

Novedades y prospectiva de la contratación pública