Obligación de reserva en la negociación colectiva
Palabras clave:
negociación colectiva, convenio colectivo, organización sindical, deber de negociar de buena fe, derecho de información, personería jurídica sindical, deber de reserva, principio de razonabilidadResumen
El intercambio de información en el marco de los procesos de negociación colectiva es un derecho de reciente consagración expresa en nuestro ordenamiento, que conlleva el deber de reserva de toda información que pueda calificarse de confidencial.
A raíz de algunos comentarios realizados por la OIT sobre el modo en que se ha regulado ese intercambio, se ha abierto un debate nacional acerca de cómo superar la situación. En esta contribución se analiza el contenido del derecho de información, su regulación legal, los cuestionamientos y las posibles alternativas para su subsanación.
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Publicado
2022-11-04
Cómo citar
Castello, A. (2022). Obligación de reserva en la negociación colectiva. Derecho Laboral. Revista De Doctrina, Jurisprudencia E Informaciones Sociales, 65(286), 263–283. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/RDL/article/view/3172
Número
Sección
Doctrina