Obligación de reserva en la negociación colectiva

Autores/as

  • Alejandro Castello

Palabras clave:

negociación colectiva, convenio colectivo, organización sindical, deber de negociar de buena fe, derecho de información, personería jurídica sindical, deber de reserva, principio de razonabilidad

Resumen

El intercambio de información en el marco de los procesos de negociación colectiva es un derecho de reciente consagración expresa en nuestro ordenamiento, que conlleva el deber de reserva de toda información que pueda calificarse de confidencial.
A raíz de algunos comentarios realizados por la OIT sobre el modo en que se ha regulado ese intercambio, se ha abierto un debate nacional acerca de cómo superar la situación. En esta contribución se analiza el contenido del derecho de información, su regulación legal, los cuestionamientos y las posibles alternativas para su subsanación.

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Biografía del autor/a

Alejandro Castello

Profesor Agregado de Derecho del trabajo y de Seguridad Social. UDELAR. Magister en Derecho del Trabajo.

Publicado

2022-11-04

Cómo citar

Castello, A. (2022). Obligación de reserva en la negociación colectiva. Derecho Laboral. Revista De Doctrina, Jurisprudencia E Informaciones Sociales, 65(286), 263–283. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/RDL/article/view/3172

Número

Sección

Doctrina

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