Panorama doctrinario y jurisprudencial sobre cláusula penal jurisprudencia histórica y actual

Autores/as

  • Beatriz Ventunari Facultad de Derecho, Universidad de la República

Palabras clave:

responsabilidad contractual, pena, daños y perjuicios, derecho de daños

Resumen

Como tuvimos oportunidad de manifestar en nuestra obra (de Cores, Carlos, Venturini, Beatriz, Gamarra, Raúl),Tratado Jurisprudencial y Doctrinario Incumplimiento de Contrato, Capítulo XIX) la cláusula penal consiste en un pacto por el cual el deudor se obliga a pagar una “pena” al acreedor, en caso de incumplimiento. Es, por tanto, un tema propio de la responsabilidad contractual, pero presenta caracteres que lo diferencian de la cuestión de la indemnización lisa y llana de los daños y perjuicios. Como todos los institutos propios de la disciplina del contrato, la cláusula penal se encontraba ya regulada en el Derecho Romano. Sin embargo, su nota más característica es que –desde sus remotos orígenes históricos–, arrastra una ambigüedad semántica, que confiere al instituto un interés particular. Esta ambigüedad o equivocidad, refiere básicamente a la función de la cláusula penal. La pena tiene esencialmente carácter
aflictivo. Las penas del Derecho Penal o del Derecho Administrativo causan un detrimento, que puede alcanzar la privación de libertad o la afectación del patrimonio; las penas civiles, además pueden beneficiar a la contraparte del infractor; pero no tienen por función indemnizar los daños y perjuicios ocasionados al perjudicado, pues ello corresponde al reino del Derecho Civil, en particular, al Derecho de Daños.

Publicado

2022-12-15

Cómo citar

Ventunari, B. (2022). Panorama doctrinario y jurisprudencial sobre cláusula penal jurisprudencia histórica y actual. Doctrina Y Jurisprudencia De Derecho Civil, 10(X), 247–283. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/DJC/article/view/3336