Acción reivindicatoria

Autores/as

  • Walter Howard Facultad de Derecho, Universidad de la República

Palabras clave:

acción reivindicatoria, Art.676 del CC

Resumen

El art. 676 del CC, procurando conceptuar la acción que se analiza, expresa que “el propietario tiene derecho para perseguir en juicio la propiedad de su cosa, contra cualquiera que la posea y pretenda retenerla. La acción que le compete en este caso se llama reivindicación o acción de dominio”. Empero, desde ya cabe adelantar que la noción que brinda el precepto debe ser colmada por varios cánones del ordenamiento que son los que, en definitiva, van a dar un conocimiento más acabado de la acción a estudio.

Publicado

2022-12-15

Cómo citar

Howard, W. (2022). Acción reivindicatoria. Doctrina Y Jurisprudencia De Derecho Civil, 10(X), 127–140. Recuperado a partir de https://revistas.fcu.edu.uy/index.php/DJC/article/view/3326